Inclusión Financiera - Trabajadores domésticos
13/03/2018

Trabajadores domésticos mensuales
A partir del 1º de abril del 2018 los salarios de los trabajadores registrados en el BPS como mensuales deberán ser abonados mediante los medios electrónicos dispuestos en la Ley 19.210 (acreditación en cuenta o en instrumento de dinero electrónico elegido por el trabajador).
Trabajadores domésticos jornaleros
En el caso de los trabajadores del servicio doméstico que se encuentren registrados como jornaleros, el acuerdo entre patrono y empleado que posibilita abonar el salario en efectivo podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de 2018.
Excepción a jubilados y pensionistas
Estos plazos no se aplican en el caso de aquellos trabajadores cuyo empleador estuviera percibiendo, al 31 de diciembre de 2017, jubilaciones, pensiones o retiros de cualquier instituto de seguridad social, pudiendo extender en dichos casos el acuerdo más allá de las referidas fechas.